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Quiero rebajar la pensión de alimentos

Si cambió tu realidad económica (perdiste el trabajo, te redujeron los ingresos, tienes nuevas cargas familiares) y la pensión de alimentos que pagas hoy se te hizo imposible de mantener, la ley chilena te permite pedir su rebaja. Esto no se hace por acuerdo verbal ni dejando de pagar por tu cuenta: la modificación de una pensión fijada por un tribunal solo puede hacerla otro tribunal. La rebaja de pensión de alimentos se rige por la Ley N° 14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias. La regla clave es que la pensión actual sigue vigente y debes seguir pagándola íntegramente mientras dure el trámite; no se suspende sola. Antes de demandar debes pasar por una mediación familiar previa, que en materia de alimentos es obligatoria, y solo si no hay acuerdo se presenta la demanda de rebaja ante el Tribunal de Familia. Lo central es que no basta con decir que ganas menos: los tribunales exigen acreditar el cambio de circunstancias y demostrar que ese cambio afecta realmente tu capacidad económica. Esta página es información general y no reemplaza la asesoría de un abogado; para tu caso concreto conviene que consultes con un profesional de derecho de familia.

Última actualización: 11 de septiembre de 2026

Plazo importante

La pensión actual sigue vigente hasta que el tribunal la rebaje por sentencia

No existe un plazo que suspenda la pensión de forma automática. Mientras se tramita la mediación y el juicio de rebaja, debes seguir pagando el monto vigente completo. La deuda no se pausa: si dejas de pagar y acumulas 3 mensualidades consecutivas o 5 discontinuas, puedes quedar inscrito en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, y estar en ese registro puede hacer que el tribunal declare inadmisible tu propia demanda de rebaja, salvo antecedentes calificados. En general, el nuevo monto rige desde que la sentencia queda firme o desde lo que el tribunal disponga; lo que se devengó antes se mantiene adeudado.

Base legal: Ley N° 14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias; Ley N° 21.389 (Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos)

Qué hacer, paso a paso

  1. 1

    Reúne las pruebas del cambio en tu situación económica

    Junta los documentos que demuestren que tus ingresos bajaron o que aumentaron tus gastos: carta de despido o finiquito, últimas liquidaciones de sueldo, declaraciones de renta, certificado de cotizaciones, comprobantes de nuevas cargas familiares o de deudas y gastos médicos. Los tribunales de familia son exigentes en esto: no basta con alegar que ganas menos, hay que acreditar que ese cambio incide realmente en tu capacidad de pago.

  2. 2

    Verifica que estés al día con la pensión

    Antes de demandar, revisa tu situación en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (puedes pedir el certificado en el Registro Civil o en ChileAtiende). Si estás inscrito por deuda, el tribunal, salvo antecedentes calificados, declarará inadmisible tu solicitud de rebaja. Por eso lo primero es ponerte al día o mantener el pago del monto vigente.

  3. 3

    Solicita la mediación familiar previa

    La mediación es un trámite obligatorio antes del juicio en materia de alimentos. Debes pedir hora en un centro de mediación (el sistema licitado suele ser gratuito para estas materias, o puedes acudir a un mediador privado). Ahí se intenta llegar a un acuerdo con la otra parte sobre el nuevo monto. Si hay acuerdo, se aprueba ante el tribunal y evitas el juicio.

  4. 4

    Presenta la demanda de rebaja en el Tribunal de Familia

    Si la mediación termina sin acuerdo (te entregan un certificado de mediación frustrada), puedes presentar la demanda de rebaja de pensión de alimentos ante el Tribunal de Familia. En la demanda expones el cambio de circunstancias, acompañas tus pruebas y pides el nuevo monto. Es muy recomendable hacerlo con un abogado; si no puedes costearlo, puedes acudir a la Corporación de Asistencia Judicial.

  5. 5

    Sigue pagando la pensión vigente durante todo el juicio

    Mientras el tribunal no dicte sentencia, la pensión fijada anteriormente se mantiene plenamente vigente. No dejes de pagarla por tu cuenta aunque hayas presentado la demanda: hacerlo genera deuda, apremios (arresto, retención de la devolución de impuestos, suspensión de licencia de conducir) e inscripción en el Registro de Deudores, lo que además puede bloquear tu propia demanda de rebaja.

  6. 6

    Asiste a las audiencias y acredita el cambio

    El juicio de familia contempla audiencias donde deberás rendir la prueba (documentos, testigos, informes). El tribunal evaluará tanto la baja de tu capacidad económica como las necesidades de los hijos y la contribución que corresponde a cada padre. Con eso resolverá si rebaja la pensión, en qué monto y desde cuándo, respetando los mínimos legales.

Errores que debes evitar

  • Dejar de pagar o bajar el monto por cuenta propia apenas cambian los ingresos. La pensión solo se modifica por resolución del tribunal; si pagas menos sin autorización, acumulas deuda y arriesgas quedar en el Registro de Deudores y con apremios.
  • Creer que basta con decir que ganas menos. Hay que probarlo con documentos y demostrar que el cambio afecta realmente tu capacidad económica; la sola afirmación no rebaja la pensión.
  • Presentar la demanda de rebaja estando inscrito en el Registro Nacional de Deudores. En ese caso el tribunal, por regla general, declara inadmisible la solicitud, salvo que existan antecedentes calificados. Conviene regularizar antes de demandar.
  • Saltarse la mediación previa obligatoria. Sin el certificado de mediación (con acuerdo o frustrada) el tribunal no dará curso a la demanda.

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Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo deja de correr el monto anterior si me aprueban la rebaja?+

Por regla general, el nuevo monto rige desde que la sentencia queda firme o desde la fecha que determine el tribunal, no desde que empezaste el trámite. Todo lo que se devengó antes con el monto antiguo se mantiene adeudado. Por eso es tan importante seguir pagando la pensión vigente mientras dura el juicio.

¿Puedo pedir la rebaja si tengo deuda de pensión?+

En general no conviene, porque si estás inscrito en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos el tribunal, salvo antecedentes calificados, declarará inadmisible tu demanda de rebaja. Lo recomendable es ponerte al día primero y mantener el pago del monto vigente antes de solicitar la rebaja.

¿Hay un monto mínimo que el tribunal debe respetar?+

Sí. La Ley N° 14.908 fija pisos: para un solo hijo la pensión no puede ser inferior al 40% del ingreso mínimo remuneracional, y para dos o más hijos no puede ser inferior al 30% del ingreso mínimo por cada uno. Además, la pensión no puede exceder el 50% de las rentas del alimentante. La rebaja, en general, debe respetar esos límites.

Perdí el trabajo hace poco, ¿basta con eso para que me rebajen la pensión?+

El despido o la baja de ingresos es un buen fundamento, pero no es automático. Debes acreditarlo (finiquito, liquidaciones, certificado de cotizaciones) y demostrar cómo cambia tu capacidad de pago frente a las necesidades de los hijos. El tribunal pondera ambos lados. Como es una situación que puede ser temporal, conviene evaluar con un abogado la mejor estrategia, y en todo caso seguir pagando mientras se resuelve.

Esta información es general y referencial, no constituye asesoría legal. Los plazos y normas pueden cambiar y su aplicación depende de tu caso concreto. Consulta a un abogado antes de tomar decisiones.