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Me llegó una demanda por una deuda: ¿qué hago y cuánto plazo tengo?

Recibir la notificación de una demanda por una deuda asusta, pero lo peor que puedes hacer es ignorarla. Tienes derecho a defenderte y, en muchos casos, la deuda que te cobran puede estar prescrita o mal cobrada. Lo clave es actuar rápido: el plazo para responder es corto y corre desde que te notifican.

Última actualización: 11 de septiembre de 2026

Plazo importante

4 u 8 días hábiles para oponer excepciones

En un juicio ejecutivo (la vía más común para cobrar deudas documentadas), el plazo para defenderte es de 4 días hábiles si te requieren de pago en la comuna donde funciona el tribunal, y de 8 días hábiles si es dentro del territorio jurisdiccional del tribunal pero fuera de esa comuna. Si te requieren fuera de ese territorio, se suma el aumento de la tabla de emplazamiento. Ojo: el plazo corre desde el requerimiento de pago que hace el receptor, no necesariamente desde que leíste la demanda. Es un plazo fatal: si dejas pasar estos días, pierdes la oportunidad de oponer excepciones y el juicio sigue directo al embargo. Si en cambio te demandaron en un juicio ordinario, los plazos son distintos, por eso conviene revisar tu caso con un abogado apenas te notifican.

Base legal: Arts. 459 y 463 del Código de Procedimiento Civil

Qué hacer, paso a paso

  1. 1

    No ignores la notificación y lee todo el expediente

    Revisa con calma qué te están cobrando, quién demanda, qué documento respalda la deuda (pagaré, cheque, contrato) y ante qué tribunal. Guarda la fecha exacta en que te notificaron o te requirieron de pago: desde ahí corre tu plazo.

  2. 2

    Calcula tu plazo exacto para defenderte

    En un juicio ejecutivo cuenta los días hábiles (de lunes a sábado, sin domingos ni festivos) desde el requerimiento de pago. Son 4 u 8 días hábiles según dónde te requirieron. Este plazo es fatal: si se vence, ya no puedes oponer excepciones.

  3. 3

    Revisa si la deuda está prescrita

    Fíjate en la fecha en que la deuda se hizo exigible. Según el tipo de documento, la acción para cobrarte puede haber prescrito: en general 1 año para cheques protestados, pagarés y letras de cambio, y 3 años para la acción ejecutiva en otros títulos. La prescripción no opera sola, hay que alegarla dentro del juicio.

  4. 4

    Reúne tus pruebas

    Junta comprobantes de pago, transferencias, correos, cartolas o cualquier documento que demuestre que pagaste, que la deuda no es tuya o que el monto está mal calculado. Estas pruebas sostienen tus excepciones.

  5. 5

    Consulta un abogado y presenta el escrito de excepciones a tiempo

    Un abogado revisa el título, detecta vicios y presenta el escrito de oposición con las excepciones que correspondan (prescripción, pago, falta de requisitos del título, etc.). Presentarlo dentro del plazo es lo que marca la diferencia entre defenderte o que el juicio siga sin oposición.

  6. 6

    Si hay embargo, conoce qué bienes están protegidos

    En el juicio ejecutivo pueden trabar embargo sobre tus bienes. Pero la ley protege varios: tu sueldo por regla general es inembargable frente a deudas comunes, y también lo son ciertas herramientas de trabajo y bienes básicos del hogar. Infórmate para no aceptar embargos sobre bienes que no corresponden.

Errores que debes evitar

  • Ignorar la notificación pensando que 'no pasa nada' o que el problema se resolverá solo. El silencio hace que el juicio avance directo al embargo y eventual remate de tus bienes.
  • Creer que la deuda 'ya prescribió' y no hacer nada. La prescripción no se aplica automáticamente: hay que alegarla formalmente ante el tribunal dentro del plazo, o se pierde la oportunidad.
  • Hacer un abono, repactar o firmar un reconocimiento de la deuda para 'ganar tiempo', sin saber que eso puede interrumpir el plazo de prescripción y reiniciarlo a favor del acreedor.
  • Dejar pasar los 4 u 8 días hábiles del juicio ejecutivo. Es un plazo fatal: una vez vencido, ya no puedes oponer excepciones aunque tengas buenos argumentos.

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Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no respondo la demanda a tiempo?+

Si no opones excepciones dentro del plazo, en el juicio ejecutivo se omite la dictación de sentencia y basta el mandamiento de ejecución para que el acreedor persiga el pago (Art. 472 del Código de Procedimiento Civil). En la práctica, se da por efectiva la deuda y el proceso continúa con el embargo y eventual remate de tus bienes. Por eso responder a tiempo es fundamental.

¿Cuándo prescribe una deuda en Chile?+

Depende del documento que respalda la deuda. Los cheques protestados prescriben en 1 año contado desde el protesto (Art. 34 de la Ley de Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques, DFL 707); los pagarés y letras de cambio, en 1 año desde su vencimiento (Ley 18.092). La acción ejecutiva en general prescribe en 3 años y luego puede cobrarse como ordinaria por 2 años más (Art. 2515 del Código Civil). En todos los casos la prescripción debe alegarse en el juicio: el tribunal no la declara de oficio.

¿Pueden embargarme el sueldo o la casa?+

Por regla general las remuneraciones son inembargables frente a deudas comunes de consumo (Art. 57 del Código del Trabajo); solo la parte que exceda de 56 UF podría embargarse. Hay excepciones importantes, como las pensiones de alimentos, donde puede embargarse hasta el 50% de la remuneración. También hay otros bienes inembargables, como las herramientas necesarias para tu trabajo y ciertos bienes básicos del hogar (Art. 445 del Código de Procedimiento Civil). No todo es embargable, por eso conviene revisar tu caso con un abogado.

Si la deuda prescribió, ¿desaparece automáticamente de Dicom?+

No. La prescripción de la deuda y la publicación en registros como Dicom son cosas distintas. La prescripción debe alegarse en un juicio para dejar sin efecto el cobro. La eliminación de la información comercial negativa se rige por sus propias reglas de tratamiento de datos. Que aparezcas en Dicom no significa que la deuda esté vigente para cobrarte, ni que ya no puedas defenderte.

Esta información es general y referencial, no constituye asesoría legal. Los plazos y normas pueden cambiar y su aplicación depende de tu caso concreto. Consulta a un abogado antes de tomar decisiones.